Píldoras de formación en centros
Píldoras de formación en centros, curso 2026-2027
Presentación de subsanaciones de solicitudes por parte de los centros educativos para participar en las Píldoras de formación en centros curso 2026-2027 en el 1º Periodo
Requisitos
Es necesario aportar toda la documentación indicada en la convocotaria correspondiente, tal y como se detalla a lo largo de este procedimiento.
Solo se aceptará una única solicitud por centro presentada por el equipo directivo con el certificado digital del centro.
Documentación
Entrega subsanaciones de Píldoras de formación en centros curso 2026-2027 (Periodo 1º)
Se deberá presentar:
- Instancia general
- Documentación a subsanar.
- Solicitud Píldora de formación en centros curso 2026-2027 (72.4 kb)
- Instancia general (77.5 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón "Tramitar".
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados.
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de la documentación se establece entre el 27/10/2026 y el 09/11/2026, ambos incluídos.
Plazo de resolución y notificación
Plazo máximo 3 meses, según la Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de La Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Empleo
- Órgano competente: Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa
- Unidad tramitadora: Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado
- Cargo que resuelve: Director General de Innovación y Ordenación Educativa
Normativa
Ley Orgánica de 29 de diciembre de 2020, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Orden EDC/3/2022, de 19 de enero, por la que se regula la formación del profesorado en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución de 30 de septiembre de 2026, píldoras de formación en centros educativos de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2026-2027
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
PositivoObservaciones:
Trimestralmente, se abrirán el plazo de presentación de solicitudes en las siguientes fechas:
- Primer periodo: primera quincena de octubre
- Segundo periodo: primera quincena de febrero
- Tercer periodo: segunda quincena de abril
Actuaciones Administrativas Automatizadas
Obtención de Certificaciones automatizadas disponibles.
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: