Contratos de emergencia
- Temas:
- Hacienda, Servicios sociales, Administración pública, Sanidad
- Localización:
- La Rioja
- Rango:
- Económica, presupuestaria y estadística
- Fecha de creación:
- 01/05/2020
- Frecuencia:
- Cuando se produce un cambio
- Última actualización:
- 04/11/2024
Resumen
El artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, permite que en los casos en los que la administración deba actuar de manera inmediata ante situaciones que supongan un grave peligro, podrá ordenar la ejecución de lo necesario para remediar la situación, sin la obligación de tramitar expediente de contratación y sin sujetarse a los requisitos formales establecidos en dicha Ley.
El artículo 16.2 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de mazo, dispone que “todos los contratos que hayan de celebrarse por las entidades del sector público para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y otras medidas adoptadas por el Consejo de Ministros para hacer frente al COVID-19, les resultará de aplicación la tramitación de emergencia.”
Puede consultar todos los contratos de emergencia en consulta de licitaciones, seleccionando en el despegable del campo "Forma adjudicación" la opción "Emergencia".
Canales
- D: Nivel cualitativo mejorable
Evaluación externa
Valoración Media Ciudadana:
0/100 Participa
Localización
La Rioja