Gobierno de La Rioja

Subvenciones en materia de juventud: jóvenes a título individual

Plazo: En plazo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Fomentar la realización de programas, proyectos y actuaciones cuyos destinatarios sean jóvenes residentes en La Rioja con edades comprendidas entre los catorce y los treinta y cinco años.

Requisitos

Beneficiarios

Jóvenes empadronados en La Rioja y descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad de emigrantes riojanos cuya edad esté comprendida entre los 14 y 35 años ambos inclusive en el momento de formalizar la solicitud, excepto quienes soliciten cursos de formación no formal en el que el límite de edad será hasta los 17 años.

Periodo subvencionable

Podrán ser objeto de subvención las actividades realizadas entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.

Conceptos subvencionables:

Gastos corrientes:

  • Cursos de Monitor/a y Director/a de tiempo libre así como cursos que complementen la formación de personal ya titulado para la realización de actividades juveniles.
  • Programas  voluntariado a desarrollarse en el resto de España o en el extranjero, como herramienta de formación, aprendizaje y aportación de valor a los jóvenes.
  • Asistencia a cursos de idiomas en el extranjero realizados de manera presencial con una duración máxima de 3 meses.
  • Participación de las personas jóvenes entre 14 y 17 años en cursos de formación no formal en modalidad intensiva con una duración máxima de 3 meses.

 

Documentación

Solicitud

SOLICITUD

  1. Solicitud
  2. Presentar documentación acreditativa de cumplir al menos uno de los requisitos señalados en la solicitud (carné joven, pertenencia a asociación juvenil, ser voluntario en los términos de la Ley del Voluntariado, participante actividades IRJ en los dos años anteriores)
  3. Memoria de la actividad para la que se solicita subvención (se adjunta modelo)
  4. Ficha de alta de terceros que podrá tramitarse telemáticamente con certificado digital en la Oficina electrónica del Gobierno de La Rioja o bien llevarla presencialmente firmada y sellada por la entidad bancaria del joven solicitante. 

JUSTIFICACIÓN

Una vez publicada la resolución de concesión en el BOR y realizada la formación:

  1. Anexo justificación.
  2. Facturas de los gastos.
  3. Justificantes de abono (pago).
  4. Certificado acreditativo de la realización del curso/actividad formativa por parte de la persona beneficiaria con las fechas de realización emitido por el centro o entidad que lo ha impartido. 

 

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

  1. De forma electrónica desde el botón Tramitar
  2. De forma presencial a través de:
  • La Oficina Auxiliar de Registro de la Dirección General del Instituto Riojano de la Juventud sita en la Calle Muro de la Mata, 8 (Logroño).
  • La Oficina General de Registro de la Dirección General de la Comunidad Autónoma de La Rioja sita en la Calle Beti Jai, 1 (Logroño).
  • Las Oficinas de registro previstas.

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano.

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 13 de junio de 2025.

Plazo de resolución y notificación

Seis meses, contados desde la publicación de la resolución de convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución, se entenderá desestimada.

La propuesta de resolución provisional se publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de La Rioja y la Resolución de concesión en el Boletín Oficial de la Rioja, surtiendo dicha publicación los efectos de notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1b) de la ley 39/2015, de 1 de octubre. Ésta no se notificará individualmente.
En la página web del Instituto Riojano de la Juventud (www.irj.es) se colgará el enlace al Boletín de publicación.

Otros plazos

Plazo de justificación

Los beneficiarios de las subvenciones objeto de la presente convocatoria deberán proceder a justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se otorgó la concesión:

  • Hasta el día 17 de octubre de 2025: aquellas actividades y programas que hayan finalizado para el 30 de septiembre de 2025.
  • Hasta el día 5 de diciembre de 2025: aquellas actividades y programas que hayan finalizado para el 30 de noviembre de 2025.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Organismo y Personal competente

Servicio de Promoción Juvenil

  • Cristina Velasco Sicilia
  • Nuria Lumbreras Pérez

correo contacto: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden 5/2017, de 7 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de juventud.

Resolución 149/2025, de 27 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud por la que se convocan subvenciones en materia de juventud para el año 2025

Convocatoria 2025 (extracto)

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

Observaciones:

Más información en la web del Instituto Riojano de La Juventud

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