Gobierno de La Rioja

Declaración responsable para la colocación de trampas para captura de avispa asiática

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Presentación de una declaración responsable para la colocación de trampas con el objeto de capturar ejemplares de avispa asiática para evitar daños a la apicultura y para la seguridad de las personas.

Requisitos

Dirigido a:

  • Explotaciones apícolas
  • Ayuntamientos
  • Cualquier persona susceptible a daños producidos por esta especie

 

 

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

En caso de no ser propietario de la parcela donde se va instalar la trampa, se deberá presentar, junto al "Modelo de declaración responsable para la colocación de trampas para captura de ejemplares de avispa asiática":

  • Delegación del propietario de la parcela donde se colocarán las trampas, caso de ser distinto del peticionario.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año

Otros plazos

Se debe tener en cuenta que las trampas sólo podrán permanecer colocadas desde el 1 de marzo hasta el 30 de noviembre.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio de Conservación de la Naturaleza y Planificación 

  • Eduardo Lacruz Santamaría (Tel. 941 291100 ext 33591)
  • Víctor Montalvo Martín  (Tel. 941 291100 ext 33579)
  • Ana Isabel Ceballos Gómez (Tel. 941 291100 ext 33554)

 

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.

Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja.

Ley 2/2025, de 23 de mayo, por la que se modifica la Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Positivo

Recurso que procede:

Alzada

En caso de denegación podrá interponerse un recurso de alzada ante la Exma. Sra. Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Observaciones:

Más información:

 

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