Ayudas para el Autoconsumo
Convocatoria de ayudas para promover la implantación de instalaciones de autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos renovables en el territorio de la Comunidad autónoma de La Rioja.
Requisitos
Actuaciónes
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Programa 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (eólica y fotovoltaica), en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
- Programa 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (eólica y fotovoltaica), en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
- Programa 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
- Programa 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (eólica y fotovoltaica), en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
- Programa 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
- Programa 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas (solar térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) en el sector residencial.
Requisitos
Ver bases reguladoras en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio y posterior modificación Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo. Además, puede consultar la resolución de convocatoria.
Mas información detallada en https://www.larioja.org/industria-energia/es/energia/ayudas-vigentes-transicion-energetica/ayudas-autoconsumo-18208e
Documentación
Solicitud
Fase de Solicitud: Junto con la solcitud, debidamente cumplimentada, se deberá de aportar la documentación detallada en dicho impreso y que se resume a continuación:
- Copia del DNI o NIE del solicitante y de la tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica. Las personas jurídicas, públicas o privadas, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, deberán aportar documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona que formule la solicitud de ayuda como representante de las mismas, debidamente inscrita, en su caso, en los registros públicos correspondientes.
- Si actúa en representación, documento acreditativo de las facultades de representación de la persona que realiza la solicitud, según documento que se encuentra en la página web del Gobierno de La Rioja, sección trámites para ayudas al autoconsumo, así como DNI/NIE del titular de dicha representación, acompañado de tarjeta de identificación fiscal en el caso de personas jurídicas u otras entidades, indicando para que trámites se otorga la representación.
- En el caso de profesionales autónomos: Declaración relativa a la relación de ayudas solicitadas o recibidas bajo el régimen de minimis en los últimos 3 años (s/ modelo(*) y certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Memoria descriptiva, s/modelo(*)
- Presupuesto suficientemente desglosado por programa y categoría.
- Declaraciones responsables s/modelo(*)
- Para todos los programas, siempre que se superen los 100 kW (100 kWp en fotovoltaica): Informe que indique lo referido en el Anexo II, AII.A1. apartado e) del RD477/2021.
- Solo para programas 1, 2, 3, 4, y 5: Declaración responsable a firmar por el técnico competente en caso de acogerse al programa de incentivos 4 o instalaciones con almacenamiento, según modelo (*)
- Solo para el programa 6: Memoria técnica o proyecto (según proceda de acuerdo al RITE) o para el caso de Biomasa, aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 MW, acreditación del fabricante y declaración responsable del beneficiario.
- Documentación que permita comprobar que el destinatario último de las actuacionescumple con los requisitos establecidos en cada programa de incentivos.
Fase de Justificación: Junto con la solcitud de abono, debidamente cumplimentada, se deberá de aportar la documentación detallada en dicho impreso y que se resume a continuación:
- Informe justificativo de la adecuada realización de las actuaciones suscrito, fechado y emitido por técnico titulado competente autor del proyecto definitivo o, en su defecto, el Director de Obra o, en su caso, la empresa instaladora autora de la memoria técnica final de la instalación ejecutada (Modelo 1 (*)).
- Justificación documental de la correcta ejecución de la actuación «ex post» que se requiere para cada programa de incentivos (Modelos 2 a 5 (*) entre otros).
- Relación clasificada, y firmada por el destinatario último de la ayuda de los pedidos y/o contratos relativos a las actuaciones realizadas, en caso de que existan (Modelo 6 (*))
- Cuando el importe del coste subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa de contratación pública aplicable para el contrato menor, y no concurriendo los supuestos previstos por el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el destinatario último de la ayuda deberá acreditar que ha solicitado, al menos, tres ofertas de diferentes proveedores y aportar memoria justificativa si aplica (Modelo 7 (*)).
- Relación clasificada y firmada por el destinatario último de la ayuda de las facturas y de sus correspondientes justificantes bancarios de pago, correspondientes a la inversión elegible realizada y que respondan al presupuesto y contratos presentados (Modelo 8 (*)).
- Certificados emitidos por la AEAT y por la Seguridad Social justificativos de que el destinatario último de las ayudas cumple con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Modelo 9 (*)).
- En caso de que existan, declaración responsable que acredite las otras subvenciones o ayudas cobradas para la misma actuación o finalidad que la solicitada en el contexto de este Programa de incentivos, otorgadas por cualquier administración, organismo o entidad pública, nacional o internacional (Modelo 9 (*)).
- Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas, que incluya fotografías de los equipos e instalaciones principales finales objeto de la ayuda, y donde se muestre el cartel publicitario o señalización de la actuación que corresponda (Modelo 10 (*)(**)) y el sistema de visualización de energía indicado en el apartado AI.1.C del anexo I del RD 477/2021, de 29 de junio.
- Información y enlace al sitio de Internet del destinatario último de las ayudas, en caso de que disponga de uno, donde dicho destinatario último de las ayudas informará al público del posible apoyo obtenido de los Fondos Next Generation o Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y/o, en su caso, del instrumento de la Unión Europea que corresponda (Modelo 9 (*)(**)).
- Documentación justificativa de la existencia de una contabilidad separada o diferenciada para todas las transacciones relacionadas, si aplica.
- Declaración responsable firmada por el destinatario último (Modelo 9 (*)).
- Declaración de ausencia de conflicto de intereses "DACI" (Modelo 11 (*))
(*) Los modelos se pueden descargar a continuación.
(**) Las actuaciones de comunicación (cartel, información en pág. web) han de verificarse por parte de esta Dirección General, para lo que habrán de aportar DE FORMA PROVISIONAL, modelo del cartel e información a publicar en web. Una vez confirmado por parte de este Servicio, que la información a difundir coincide con la actuación finalmente ejecutada, se aportará la documentación solicitada en los puntos 11 y 12 de forma DEFINITIVA. El cartel (Modelo 10) no es obligatorio cuando los beneficiarios sean personas físicas y la ejecución se realice en espacios de carácter particular (por ejemplo, viviendas particulares, comunidades de vecinos, garajes de uso privativo).
Además, el Servicio de Transición Energética y Cambio Climático podrá solicitar cualquier otra documentación necesaria que permita comprobar que el destinatario último de las actuaciones cumple con los requisitos establecidos en cada programa de incentivos.
- Solicitud de Ayuda (369.4 kb)
- Solicitud - Declaración responsable a firmar por el solicitante (347 kb)
- Solicitud - Declaración responsable a firmar por el técnico (346.6 kb)
- Solicitud - Declaración responsable minimis (347.4 kb)
- Solicitud - Memoria descriptiva (386.1 kb)
- Solicitud - Formulario de información adicional (356.6 kb)
- Modelo de representación (53.2 kb)
- Solicitud y Justificación - Modelo 4 - Informe potencia superior a 100 kW (198.8 kb)
- Justificación - Solicitud abono Autoconsumo (159.9 kb)
- Justificación - Modelo 1 - Informe justificativo adecuada realización (159.8 kb)
- Justificación - Modelo 2 - Informe justificativo autoconsumo > 80% Programa 4 (1841.8 kb)
- Justificación - Modelo 3 - Informe reducción GEI > 80% Programa 6 (1865.2 kb)
- Justificación - Modelo 5 - Declaración responsable DNSH inf 100 kW (1840.2 kb)
- Justificación - Modelo 6 - Relación clasificada pedidos contratos (149.2 kb)
- Justificación - Modelo 7 - Memoria justificativa elección proveedor (158.1 kb)
- Justificación - Modelo 8 - Relación clasificada facturas y justificantes (147.6 kb)
- Justificación - Modelo 9 - Declaraciones responsables (149.6 kb)
- Justificación - Modelo 10.1 - Cartel proyectos componente 7 (Generación) (266.1 kb)
- Justificación - Modelo 10.2 - Cartel proyectos componente 7 y 8 (Generación y almacenamiento) (288.8 kb)
- Justificación - Modelo 10.3 - Cartel proyectos componente 8 (Almacenamiento) (269.6 kb)
- Justificación - Modelo 10.4 - Cartel personas físicas sin actividad económica (314 kb)
- Justificación - Modelo 11 - Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) (146.4 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOR y finaliza el 31 de diciembre de 2023 (ambos incluidos).
Plazo de resolución y notificación
12 mesesOtros plazos
Ejecución y justificación de ayuda 18 meses desde resolución de concesión, ampliables hasta en 9 meses adicionales bajo solicitud del interesado.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
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Personas de contacto
Ana Rosa Cordón Galilea; Administrativa A.G.;
TLF.: 941 291719 / 941 291100 extensión 31719;
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo
- Órgano competente: Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización
- Unidad tramitadora: Servicio de Industria, Comercio y Transición Energética
- Cargo que resuelve: Director General
Normativa
Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, por el que se amplía la tipología de beneficiarios del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Resolución 227/2022, de 15 de febrero, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan las ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el mecanismo de recuperación y resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 (Texto íntegro)
Extracto de la Resolución de convocatoria
Resolución 1042/2022, de 15 de julio, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavoz del Gobierno, por la que se amplía el plazo para resolver las solicitudes de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Resolución 263/2023, de 28 de febrero, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se modifica la Resolución 227/2022, de 15 de febrero, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se convocaron las ayudas reguladas en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable.
Resolución 363/2023, de 13 de marzo, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se autoriza un gasto de cinco millones seiscientos sesenta y ocho mil ochocientos cuarenta y ocho euros, como ampliación del gasto autorizado mediante Resolución 227/2022, de la citada Consejería, por la que se convocaron las ayudas reguladas en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el Sector Residencial
Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Resolución 177/2024, de 4 de junio, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se modifica la Resolución 227/2022, de 15 de febrero, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se convocaron las ayudas reguladas en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicableRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Observaciones:
Esta línea de ayudas se incluye dentro de los Programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial; a instancia del Ministerio para la Transición Ecológica; y cuya gestión y convocatoria corresponde a las comunidades autónomas en coordinación con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). Las ayudas de esta convocatoria se enmarcan al al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, por consiguiente, cofinanciadas por el Fondo de Recuperación Next Generation EU.
Otros enlaces:
Información:
https://www.larioja.org/industria-energia/es/energia/ayudas-transicion-energetica/ayudas-autoconsumo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: